martes, 22 de marzo de 2011

Información veraz e imparcial: Fundamento de una ética comunitaria


Derecho a recibir "información veraz e imparcial"
"Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial...". Artículo 20 de la Constitución Política.
Víctor León Zuluaga Salazar* - Medellín | El Colombiano. Publicado el 21 de marzo de 2011


El viernes anterior se efectuó en Bogotá el Seminario internacional acceso a la información pública, organizado por Transparencia por Colombia, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Embajada Británica y la Fundación para la Libertad de Prensa, entre otras entidades que forman parte de la estrategia Más Información más Derechos.

En la primera parte de la agenda Elisabeth Ungar Bleier, directora de Transparencia por Colombia; Catalina Botero Marino, Relatora Especial para la Libertad de Expresión de CIDH-OEA, y Rodrigo Uprimny Yepes, director de DeJusticia, profundizaron sobre el marco jurídico y político del derecho de acceso a la información y sobre la propuesta de un proyecto de ley estatutaria que será llevado al Congreso de la República.

Por normas constitucionales y legales los colombianos tenemos derecho a saber todo lo que acontece en las distintas instancias del Estado, con pocas excepciones claramente establecidas por la ley. Sin embargo, los ciudadanos y los periodistas tenemos dificultades para acceder a la información.

La propuesta busca recoger en un solo cuerpo todas las normas dispersas, muchas de las cuales fueron concebidas de acuerdo con el espíritu de la Constitución de 1886.

Se aprecia un desconocimiento de este derecho fundamental de acceso a la información pública entre los funcionarios, los periodistas y los ciudadanos. Podría decirse que se extendió cierta práctica de secreto y reserva de información de interés general.

Estamos lejos de la proactividad oficial y de los estándares que han logrado países como México y Chile. Con frecuencia los funcionarios asumen la tarea de suministrar la información a un ciudadano y a un periodista como una dádiva y no como un deber de sujeto obligado por la Constitución, la ley y otras normas menores.

La información es un bien público, no un privilegio de algunos. La información da poder ciudadano para conocer los programas, servicios y beneficios. Permite conocer cómo marchan los planes y las obras y cómo se invierten los recursos públicos.

No basta la rendición de cuentas sobre los resultados de un programa específico y sobre lo ejecutado al fin del mandato. Es urgente que la ciudadanía reciba también, periódicamente, los informes de rendición de cuentas sobre los procesos.

Ahora se habla del derecho a saber. Nadie discute sus efectos saludables que produce en una sociedad. Hoy es un requisito de toda democracia madura. Si estamos bien informados, el voto será consciente y libre; los niveles de corrupción disminuirán considerablemente; los recursos para la población pobre llegarán efectivamente hasta los más necesitados; muchas tutelas y acciones populares y derechos de petición dejarán de interponerse.

El privilegio de la información no puede ser del funcionario y de sectores cercanos al gobierno. El país tiene ahora el reto de cambiar estas circunstancias de opacidad, para que más información pública se traduzca en más derechos para todos. 

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